"All human beings are born free and equal in dignity and rights endowed with reason and conscience" cites Article 1 of the Universal Declaration of Human Rights. Learn your rights as a migrant by reading the following article. (Article is in Spanish)
“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia” cita el artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
La población migrante constituye uno de los grupos más vulnerables, por lo cual la protección y la promoción de los derechos humanos incumbe no solo al gobierno de México, sino a la comunidad internacional, la cual ha estructurado una serie de preceptos para que todos los estados adquieran un firme compromiso para salvaguardar los derechos de los migrantes. Las convenciones adoptadas en materia de derechos humanos establecen mecanismos de defensa para su eficacia jurídica. Estos tratados, sin dejar de lado la soberanía de cada país, imponen una restricción a la actuación de las autoridades, cuando se puede incidir en la vulneración de los derechos humanos. Entre los instrumentos jurídicos más importantes del tema, destacan:
La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, que establece que no importa la calidad migratoria de la persona para gozar y poder ejercer sus derechos humanos.
La Opinión Consultiva 18/03 de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, la cual se enfatiza que el principio de igualdad debe prevalecer en todas las relaciones laborales.
La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, establece que los Estados se encuentran obligados a hacer respetar las edades mínimas para trabajar.
La Convención Internacional sobre la Eliminación de toda Forma de Discriminación Racial, que señala que ninguna persona puede ser rechazada en virtud de su raza, color, linaje u origen nacional o étnico.
Para el Gobierno de México todos los derechos humanos de los individuos y, en particular de los migrantes, deben ser respetados y protegidos, independientemente de su calidad migratoria. Este es el precepto en que se basa la política exterior mexicana en materia de derechos humanos de los migrantes.
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